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España fue pionera en Europa con la aprobación de la denominada Ley Rider, vigente en nuestro país desde 2021. De hecho, fue a instancias del Gobierno español que la Eurocámara se planteara esta cuestión. El texto ahora aprobado por el Consejo y el Parlamento Europeo persigue otorgar derechos laborales y garantías sociales a todas aquellas personas como los prestados por Glovo o Uber East, el reglamento europeo “extiende ahora la normativa a todas aquellas plataformas digitales que ofrezcan servicios laborales, que son muchas y cada vez más”, observa , socio del área laboral de RSM Spain. Bajo la categorización de plataformas digitales laborales, el trabajo se terceriza mediante convocatorias abiertas a una audiencia geográficamente dispersa. Se incluyen aquí plataformas que ofrecen servicios profesionales de formación, actividades administrativas y contables, traducción, cuidados a domicilio, conductores, limpieza y un sinfín de actividades más. En España, según el SEPE, se contabilizaban 226 plataformas de este tipo en 2021. A todas ellas afectará la Ley, una vez la traspongan los Estados miembros de la Unión. Y tienen de plazo dos años para incorporar las disposiciones de la directiva a sus respectivas legislaciones.