Academia.eduAcademia.edu

El protectorado (ausente) sobre las fundaciones - HayDerecho

2022, HayDerecho

Este mini artículo presenta la realidad actual de España en cuanto a la pobreza orgánica y operativa del Protectorado Nacional único de fundaciones, sus causas y sus remedios.

El protectorado (ausente) sobre las fundaciones SUSCRÍBETE A NUESTRO BLOG Email * 6 de noviembre de 2022 // en Blog / por Juan-Cruz Alli Turrillas, Catedrático de Derecho administrativo, UNED Hace siete años se integraron en un único órgano los múltiples protectorados de fundaciones, antes ubicados bajo el Ministerio que cada fundación tenía. Pero He leído y acepto la política de privacidad Suscribirse este Protectorado nacional –como lo es el Registro, que carece de potestades “supervisoras” propiamente dichas– no se ha convertido estrictamente en el único órgano supervisor. Las fundaciones bancarias provenientes de las extintas Cajas de Ahorro están además supervisadas por el Banco de España y el Ministerio de Economía y Hacienda. La Agencia Tributaria realiza un control fiscal específico e intenso sobre todas las fundaciones. Continúan existiendo LA MATERNIDA POR ENCARGO, UNA VULNERACIÓ DE DERECHOS. ENTREVISTA A MÓNICA DI NUBILA protectorados autonómicos para las Por F La Haym D fundaciones operantes en sus respectivos territorios, unas veces unificados (Cataluña, País Vasco), otras desconcentrados (Madrid, 0 23:24 Andalucía). La unificación del protectorado debería haber supuesto la integración en un órgano más y mejor armado, con capacidades antes dispersas entre múltiples Administraciones. Pero la realidad, por lo que me consta, es que el Ministerio que asumió el Protectorado nacional único -el de Culturalo hizo sin recibir, más allá de algún empleado más, ni unos medios reforzados ni unos sistemas mejorados (antes al contrario). Si ya antes muchos protectorados carecían de medios LAS CONCLUSIO DE LA CONFERENC SOBRE EL FUTURO DE EUROPA. ENTREVISTA A FRANCISCO SOSA WAGNER Por F Las suficientes e instrumentos adecuados, hoy esta situación simple y llanamente ha sido trasladada, por elevación, al Protectorado nacional. Sus capacidades apenas llegan para atender las obligaciones burocráticas de recopilación de información y realizar una evaluación somera, y con plazos excesivamente estirados, de las solicitudes de autorización administrativa que la normativa de fundaciones exigen. Tal normativa, heredera de un sistema administrativo dieciochesco, contiene un sistema de autorizaciones obsoleto y poco operativo, con márgenes discrecionales que no se compadecen con las exigencias operativas derivadas de los instrumentos ¿QUIÉN PUEDE RECURRIR CONTRA LOS ACTOS DEL GOBIERNO? ENTREVISTA A MERCEDES FUERTES Por F ¿Qu propias de la “nueva filantropía” del siglo y contables inadecuados en la época del ENTRADAS RECIENTES bigdata y el blockchain, de logaritmos y Mucho riesgo y exigencias de privacidad que demandan las poca ventura fundaciones actuales (que la pandemia ha en la exacerbado). contratación XXI. Subsisten mecanismos administrativos pública: Riesgo La ausencia de tal solidez institucional es imprevisible y una realidad que los tozudos hechos han fuerza mayor evidenciado una vez tras otra. Abundan los De gira con la mayores o menores escándalos que, en estas IA décadas, han hecho saltar las alarmas sobre Excepciones al el modo en que algunas fundaciones principio de debieran haber cumplido sus fines y riesgo y acometer la gestión del patrimonio dotado a ventura de tal fin. Los casos de la Fundación CIBI y provenientes Selgas-Fagalde son los últimos ejemplos. del contexto Desde nuestro ángulo, lo que nos importa del contrato no es tanto el problema en sí –aunque es Impuestos a la importante-, cuanto la inoperancia e riqueza: ignorancia por parte del Protectorado de propaganda y que algo estaba ocurriendo. Así, los hechos realidad (2a han acabado ventilándose en vía judicial parte) por denuncias de particulares, de donantes El valor y beneficiarios o por la prensa antes que probatorio en por la autoridad a la que le hubiera España de los correspondido competencialmente resultados de percatarse en primera instancia e iniciar el investigaciones proceso. El Protectorado ha quedado, pues, seguidas en en entredicho tanto por su inopia tanto por otro país. la incapacidad de tomar decisiones antes, Especial durante y después. mención al En ausencia de esta autoridad, algunas caso fundaciones –las grandes– suplen tal ENCROCHAT ‘dispersión supervisora con un más o menos poderoso e independiente órgano interno de control, que justificaría, en su caso, un menor control externo o por esos sistemas intermedios. Pero, ¿qué ocurre con las miles BUSCADOR Buscar  de fundaciones comunes y ordinarias que operan en nuestro país (alrededor de catorce mil)? ¿Quién, cómo y conforme a qué criterios se supervisan de manera general? ¿Qué criterios y perspectivas pueden tener bajo este régimen actual? COMENTARI RECIENTES Tony en Impuestos a la riqueza: No se conoce si el Protectorado tiene planes, propaganda y programas o campañas especiales por áreas, realidad (2a líneas específicas de monitorización, con parte) equipos ad hoc para atender de los distintos O'farrill en niveles de fundaciones-tipo. Tampoco hay Calvario un mecanismo de alertas que den luz sobre probatorio la dinámica operativa y tamaño de las Javier en fundaciones (la AEF-INAEF publica un Calvario ilustrativo estudio que muestra los muy probatorio diversos umbrales de los tipos de Segismundo fundaciones que permitirían tales sistemas). Alvarez Royo- No hay noticias de mecanismos Villanova en ‘intermedios’ de supervisión que actúen a Una lectura modo de agentes comisionados (auto- entre líneas de regulación regulada). Ni se han propuesto la STS de 23-1- códigos de auto-cumplimiento normativo y 2023 sobre transparencia más o menos obligatorios comprobación (solo existen en el caso de las fundaciones de valores… bancarias). Tampoco hay sistemas en ¿Afecta escalera para ayudar a las fundaciones a también al establecerse, ni directrices y parámetros de valor de nivel infra reglamentario que referencia de puedan/deban seguir las fundaciones; más Catastro? allá de unas pocas líneas en la web y algún Manuel Villa documento, elaborados para cubrir el en De expediente. No existe un plan de regulación instituciones, y supervisión, a modo de expertos y roadmap estratégico. … Y si existe guerras cualquiera de las cosas descritas no son partidistas visibles y públicas; están bajo el halo nebuloso de tantas actuaciones públicas. La iniciativa privada ha ido por delante, al COLABORA menos en cuanto a los códigos. Es el caso del Necesitamos tu “Código de buen gobierno de fundaciones”, ayuda para propuesto por la Asociación Española de defender el fundaciones (AEF); los “Principios de buenas Estado de prácticas” del European Foundation Centre, Derecho o los parámetros de la fundación Lealtad y los criterios de Compromiso y Transparencia. Deberían haber sido mecanismos impulsados con la participación de la instancia pública, o paralelos y concurrentes con otros provenientes del Protectorado. Pero no ha sido así. Todo lo expuesto, como suele ocurrir en las Administraciones públicas españolas, no es porque no haya un buen número de empleados públicos bien formados, experimentados y esforzados. Lo que existe es una autocomplaciente falta de interés político y de dotación económica, que derivan en precariedad de medios y organización adecuados para dar a la institución las “garras y dientes” proporcionados a su función. También de cierta falta de voluntad al más alto nivel DONA para que todo lo anterior pueda funcionar mediante el impulso preciso. Y esto dentro de un marco normativo muy obsoleto: con una ley de 2002 que fue un remozo de una norma de 1994. Más allá de casos infelices, la realidad es que el Protectorado apenas llega a lo que las normas exigen de manera regular, como sería básico para que una política pública funcione y genere esa atmósfera necesaria para la filantropía; que es lo mismo que favorecer el compromiso privado en y para el bien común. Un caso malsano causado por uno o varios patrones, directivos y trabajadores en y a través de cualquier fundación es un daño de reputación de ese intangible oxígeno vital del conjunto que es la confianza (trust); y la vinculación de su ser, bienes y actuación al “bien común” o al “interés general” del sector completo. Un supervisor de fundaciones tiene varios roles: ‘tutor’ que enseñe cómo crear, y convertirse, en una buena fundación; ‘portero’ que cuida el edificio de la filantropía; ‘policía’ que patrulle y vele la frontera entre lo no-lucrativo y lo lucrativo, la actividad política y el lobby; y ‘médico’ – incluso cirujano que saje- ante las enfermedades que se presenten. En última instancia debe ser el órgano fuerte que, bajo amparo legal, sancione o reprima conductas y en su caso las envíe a la Fiscalía y el Juez. Debe hacer todo ello de un modo transparente y participativo; bajo el paradigma de que “la luz solar es el mejor desinfectante”, como señalara Lester Salamon. No opaco, como es ahora. La Charity Commission inglesa, la Agencia reguladora de fundaciones canadiense y el Internal Revenue Service estadounidense son ejemplos señeros. Como ha puesto de manifiesto repetidamente el propio sector, es precisa una autoridad fuerte, sólida, bien organizada, colaborativa, transparente, más proactiva que reactiva, con interlocución fluida con el sector agrupado. Esto interesa a los (posibles) fundadores y donantes, y a los beneficiarios directos e indirectos del bien que cualquier fundación realiza. El bien público y los beneficios fiscales que, a modo de exenciones impositivas reciben por ello, exigen una permanente supervisión realizada por un ente público como “representante” que es de todos. Pues lo percibamos o no, afecta a todo el conjunto de la sociedad. Es necesaria una transformación completa del supervisor: su ubicación es inadecuada, por muchas razones en las que no es posible entrar. Parece conveniente su conversión en ente tipo Agencia independiente que trabaje con protocolos, planes y programas transparentes y mejor establecidos en una nueva norma; que actúe de un modo mejor trabado con la autoridad fiscal, Sepblanc, el CNMC y el Banco de España. Con los antes expuestos roles que, en todo caso, operen bajo el paradigma de que la mejor prevención es una buena formación y un ambiente saludable de colaboración. Esta es una (más) de las cuestiones que deben encararse para tener un país propio del siglo XXI. No es un tema menor, pues es deseable –y así debe incentivarse– el mayor crecimiento en la participación y prestación civil, privada, en y para el ‘bien común’; que es lo que hacen las fundaciones. Tal compromiso exige un cambio profundo y poderoso que promueva que el importante y señero sector de las fundaciones sea en España el referente que no está pudiendo ser precisamente por ausencia de un adecuado supervisor. Un asunto que ha devenido urgente e imprescindible. Etiquetas: fundaciones, Protectorado Nacional Compartir esta entrada       1   
pFad - Phonifier reborn

Pfad - The Proxy pFad of © 2024 Garber Painting. All rights reserved.

Note: This service is not intended for secure transactions such as banking, social media, email, or purchasing. Use at your own risk. We assume no liability whatsoever for broken pages.


Alternative Proxies:

Alternative Proxy

pFad Proxy

pFad v3 Proxy

pFad v4 Proxy