REVISTA DE PASTORAL LITÚRGICA
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El sacramento
del matrimonio hoy
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enero / febrero 2017 (año 57)
REVISTA DE PASTORAL LITÚRGICA
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Vinculada
al Instituto
Superior
de Liturgia
de Barcelona,
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de Teología
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ISSN 0210-3877 / D.L.: B. 7504 – 1961
Imprenta: Agpograf
64
Puntos de vista
El «Ritual del matrimonio»
de la Iglesia italiana*
Pietro Angelo Muroni
1. De la «editio typica» latina a la adaptación para Italia: un
largo proceso
Si releemos el número 25 de Sacrosanctum Concilium, nos daremos
cuenta de cómo surgen dos peticiones que están en la base de la
puesta en marcha de la reforma litúrgica promovida por el Concilio Vaticano II: la urgencia de la publicación de los nuevos libros
litúrgicos, para responder a la necesidad pastoral de la celebración de los sacramentos según las nuevas instancias teológicas,
litúrgicas, eclesiológicas y pastorales, y la necesidad de hacerlo
promoviendo una investigación y un modus procedendi escrupuloso en cierto modo, en el que se dé la atención a lo particular y
el cumplimiento de los principios presentados en la propia constitución litúrgica: «Revísense, cuanto antes, los libros litúrgicos,
valiéndose de peritos y consultando a obispos de diferentes partes
del mundo».
Por tanto, si por un lado Sacrosanctum Concilium inducía a actuar
cuanto antes –quam primum– para la publicación de los libros
litúrgicos, por otra, la necesidad de un estudio serio y ponderado
habría fácilmente ralentizado los trabajos. No hay que olvidar,
asimismo, lo que recomendaba el número 38 de la Constitución
*
Este punto de vista, preparado por el autor en italiano para la revista
Phase, ha sido traducido al castellano por Mercè Solé.
Puntos de vista
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en cuanto a la adaptación, lo que habría favorecido un camino más
laborioso y cauto:
Salvada la unidad sustancial del rito romano, cuando se revisen los
libros litúrgicos, debe dejarse un margen para las legítimas diferencias y adaptaciones a los diversos grupos, regiones y pueblos, sobre
todo en las misiones, y se tendrá en cuenta oportunamente esto al
establecer la estructura de los ritos y las rúbricas.
Para responder a este ulterior mandato, la prisa ciertamente no
hubiera sido beneiciosa. En realidad, podríamos decir que, aunque
no han faltado un estudio cuidadoso y la prudencia necesaria en
la publicación de los nuevos libros litúrgicos, el trabajo del Consilium ad exequendam Constitutionem de sacra liturgia primero y de la
Congregación para el Culto Divino después ha sido animado por
la urgencia de responder al mandato del quam primum, publicando
inmediatamente los principales libros litúrgicos de editio typica y
dejando a las conferencias episcopales la posibilidad de enriquecer los mismos con las eventuales adaptaciones de sus ediciones.
La mayor parte de las Iglesias locales, sin embargo, deseosas y
conscientes de tener que coniar en la mayor brevedad al clero y
al pueblo de Dios los nuevos libros litúrgicos y de hacerlos operativos especialmente con motivo del uso de las lenguas vulgares,
concentraron su atención sobre todo en la traducción del latín,
posponiendo a ulteriores ediciones un trabajo más profundo de
adaptación.1
Esto es lo que sucede también con el Ordo celebrandi Matrimonium,
publicado por la Sagrada Congregación de Ritos y en vigor desde
el 1 de julio de 1969 en su primera editio typica.2 La segunda edición,
enriquecida en la introducción, en los ritos, en las oraciones y en
el leccionario, con la introducción también de algunas variaciones
1
Para una descripción puntual del trabajo de publicación de los nuevos
libros litúrgicos, cf. A. Bugnini, La riforma liturgica (1948-1975) (Bibliotheca
«Ephemerides Liturgicae». Subsidia 30), Roma: CLV-Edizioni Liturgique
2
1997, 112. 114-115. 242-243. 246-248.
2
Rituale Romanum ex decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum auctoritate Pauli Pp. VI promulgatum. Ordo celebrandi Matrimonium.
Editio Typica, Città del Vaticano: Typis Poliglottis Vaticanis 1972.
66
Puntos de vista
de conformidad con el Código de Derecho Canónico promulgado en
1983, será publicada en 1990.3
2. La segunda edición italiana del «Ritual del matrimonio»
Por lo que se reiere a la segunda edición italiana, que seguía a la
primera de 1975, el trabajo, pese a estar preparado ya en momentos
previos de relexión, estudio y profundización,4 comenzó oicialmente en septiembre de 1996, cuando el Consejo permanente de
la Conferencia Episcopal Italiana encargó a la Comisión Episcopal de Liturgia y a la Comisión Episcopal de la Familia trabajar
conjuntamente en su traducción y adaptación. Sucesivamente se
constituyó y convocó el «grupo de trabajo» del que formaban parte
también los obispos de las dos comisiones citadas anteriormente,
junto a algunos expertos que en el curso de los variados encuentros
plenarios y sesiones de trabajo por subgrupos temáticos, se unieron para elaborar una primera redacción del rito que se sometió a
examen a través de una consulta más ampliada. La última redac-
3
Rituale Romanum ex decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
renovatum auctoritate Pauli Pp. VI editum, Ioannis Pauli Pp. II cura recognitum.
Ordo celebrandi Matrimonium. Editio Typica altera, Città del Vaticano: Typis
Poliglottis Vaticanis 1991 [=OCM 1990].
4
En realidad la urgencia de una adaptación del Ritual del matrimonio ya
había surgido en los años ’80. La Comisión Episcopal de Liturgia, de hecho,
aceptando la propuesta de la Oicina Litúrgica Nacional (27 de febrero de
1986), promovió un «Seminario Interdisciplinar», que habría tratado del
tema de la adaptación en general con referencias precisas al Ordo Baptismi
Parvulorum, al Ordo celebrandi Matrimonium y al Ordo Exequiarum. Esta temática se retomó también por parte de otros organismos, como por ejemplo la
Asociación de Profesores de Liturgia que en su convención sobre la adaptación tocó también la cuestión de la adaptación del Ritual del matrimonio (cf.
S. Maggiani, «La seconda edizione del “Rito del matrimonio” per la Chiesa
que vive in Italia alla luce del principi dell’adattamento liturgico», Rivista
Liturgica 91 (2004) 949; M. Barba, «Il Rito del matrimonio. Tra editio typica
altera e nuova edizione italiana», Rivista Liturgica 91 (2004) 976; R. Tagliaferri, «L’adattamento del Rituale del matrimonio per la Chiesa italiana», en
Liturgia e adattamento: dimensioni culturali e teologico-pastorali. Atti della XVIII
Settimana di studio dell’Associazione Professori de Liturgia. Erice (TP). 27 agosto – 1
settembre 1989 (Bibliotheca «Ephemerides Liturgicae». Subsidia 54), Roma:
CLV-Edizioni Liturgiche 1990, 225-246.
Puntos de vista
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ción se aprobó el 17 de mayo de 2001 a través de una votación que
contó con 203 obispos favorables (sobre 249 con derecho a voto)
mientras que solo uno no expresó su parecer y votó en blanco.5
La segunda edición del Ritual del matrimonio, típica para la Iglesia
italiana, fue aprobada por la Congregación para el Culto Divino
y la Disciplina de los Sacramentos por decreto del 28 de abril de
2004.6 Se trata de la versión italiana, o mejor de la adaptación de
la segunda edición típica del Ordo celebrandi Matrimonium de 1990
según las exigencias pastorales y la cultura típica de la Iglesia de
Italia. Si la primera edición, publicada en 1975, de hecho se limitaba
a una simple traducción de la editio typica latina, en la segunda
edición se puede hablar de verdadera y propia adaptación. El
trabajo, que ha ocupado durante diversos años a la Comisión
Episcopal de Liturgia de la Conferencia Episcopal Italiana y a la
Oicina Litúrgica Nacional, no se ha limitado, en efecto, a la simple
«traducción lingüística», sino que se trata de un trabajo mucho
más completo y complejo: una «traducción Ritual» que ha llevado
a releer la edición típica latina en referencia a una concreta Iglesia
local, la italiana; traducción, por consiguiente, que «consigna» a la
Iglesia italiana el nuevo Ritual del matrimonio teniendo en cuenta la
índole del pueblo, de sus costumbres y de las tradiciones propias.
La Conferencia Episcopal Italiana había sido instada a emprender
esta tarea por parte de numerosos obispos, comisiones litúrgicas
regionales, pastores y estudiosos. Esto conducirá a la opción de
caracterizar el rito mismo a través de la introducción de gestos
y signos que respondan a la tradición de la Iglesia en Italia y del
propio pueblo italiano. Hay que reconocer, en deinitiva que:
es precisamente en el modelo celebrativo latino donde la edición
italiana se inserta, y al mismo tiempo de donde emana en lo que se
reiere al armazón sustancial del rito, aunque esto se haya ampliado
con adaptaciones rituales, textuales y gestuales que constituyen su
5
Cf. Barba, «Il Rito del matrimonio», 978-979.
6
Rituale Romano riformato a norma dei decreti del Concilio Ecumenico Vaticano II promulgato da papa Paolo VI e riveduto da papa Giovanni Paolo II. Rito del
matrimonio, seconda edizione tipica, Roma: Libreria Editrice Vaticana 2004.
Puntos de vista
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consiguiente desarrollo en el encuentro de lo litúrgico con la cultura
y la exigencia pastoral típicas de la nación italiana.7
Un largo proceso:
Laborioso, atormentado, obstaculizado, fruto de la tenacidad y de
un gran amor por el «mysterium magnum». Sin embargo es el fruto de
una intensa y feliz expresión de comunión eclesial. Las instancias de
la adaptación no han nacido icticias o ideológicamente preconcebidas, sino que nacen de las Iglesias, están elaboradas por porciones
de Iglesias, están irmadas por la autoridad eclesial, son expresión
de las diversas comunidades eclesiales que viven en Italia.8
Esto ocurría también en cumplimiento de cuanto establece el
capítulo cuarto de los Praenotanda del Ordo celebrandi Matrimonium
en los que se invita a las conferencias episcopales a proceder a la
traducción y adaptación del rito: «Compete a las conferencias
episcopales, en virtud de la Constitución sobre la sagrada liturgia,
acomodar este Ritual Romano a las costumbres y necesidades de
cada región, de modo que, una vez conirmados los textos por la
Sede Apostólica, se aplique en las regiones de que se trata».9
3. Criterios inspiradores de la adaptación
La tarea de traducción y adaptación del Ritual del matrimonio, más
allá de los documentos magisteriales publicados en el curso de los
años después de la primera edición, ha debido tener en cuenta la
normativa vigente en el ámbito litúrgico, y principalmente dos
documentos emanados de la Congregación para el Culto Divino y
la Disciplina de los Sacramentos. Se trata de la IV Instrucción para
7
Barba, «Il Rito del matrimonio», 966.
8
Así describe la tarea de preparación de la segunda edición del nuevo
ritual el P. Silvano Maggiani, OSM, que, en primera persona, ha tomado parte
en los trabajos (cf. Maggiani, «La seconda edizione», 956).
9
Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, Introduzione generale, núm.
41. Para una veriicación sobre la acogida de la segunda edición típica del
Ritual del matrimonio de la Iglesia italiana, cf. el fascículo «Accoglienza e rosinanze del nuovo “Rito del matrimonio” a due anni dalla sua pubblicazione»,
Notiziario. Quaderni della Segretaria Generale CEI 26 (2006).
Puntos de vista
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la recta aplicación de la Constitución litúrgica Varietates legitimae10 del
25 de enero de 1994, sobre todo en relación a las complejas y delicadas
cuestiones que afectan a la relación entre liturgia romana e inculturación, y a la V Instrucción sobre el tema de las traducciones de
los textos litúrgicos a las lenguas vernáculas Liturgiam authenticam11
del 28 de marzo de 2001. No siendo este el lugar para detenernos
sobre estas dos instrucciones y su relación con el rito en cuestión,
señalaremos solo un elemento: la praxis de la Santa Sede fue la de
excluir todos los cambios que podían ser considerados simplemente
como introducción o incluso sustitución de una impostación teológica diferente respecto a la contenida y codiicada en la editio typica.
Seguidamente pondremos de relieve los criterios inspiradores de
la adaptación realizada por la Conferencia Episcopal Italiana, que
se expresan a través de elecciones rituales muy precisas: la inserción de la memoria del bautismo, de las letanías de los santos y la
posibilidad de colocar la bendición nupcial tras el consentimiento
de los esposos y el intercambio de los anillos.
3.1. El signiicado especíicamente cristiano del matrimonio
La unión entre un hombre y una mujer en el sacramento del
matrimonio es un valor universal de la humanidad, constituye el
fundamento de la familia como célula origenaria de la sociedad
y se vincula íntimamente al misterio de la vida. Su origen es la
voluntad misma de Dios creador que bendice y santiica tal unión.
Jesucristo, por su parte, ha elevado el matrimonio a sacramento,
convirtiéndolo así en el símbolo real de su unión con la Iglesia. Una
vez insertos en el cuerpo eclesial a través del bautismo, Cristo los
santiica como pareja y, capaces ya de amarse mutuamente gracias
10 Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, cuarta Instrucción para la Recta Aplicación de la Constitución sobre la
Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II (Sacrosanctum Concilium 37-40), Varietates legitimae (25 enero 1994): AAS 87 (1995) 288-314.
11 Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, quinta Instrucción para la Recta Aplicación de la Constitución sobre la
Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II (Sacrosanctum Concilium 36), Liturgiam
authenticam (28 marzo 2001): AAS 93 (2001) 685-726.
70
Puntos de vista
al don del Espíritu, tal amor de donación deviene relejo de su
sacriicio pascual y de la comunión trinitaria.
En la adaptación aplicada por parte de la Iglesia italiana, estos
elementos se han resaltado ofreciendo una selección más amplia de
textos y dando indicaciones para que la inserción en la celebración
eucarística haga resplandecer en la plenitud de su signiicado la
dimensión pascual del «gran misterio» (Ef 5,25).12
3.2. La dimensión eclesial del sacramento: la memoria del bautismo
La pareja y la familia, precisamente en virtud del sacramento del
matrimonio, se convierten en imagen viva del misterio mismo de
la Iglesia y participan en su fecundidad. El hecho de que la celebración del matrimonio sea un acontecimiento y un sacramento que
involucre a la entera comunidad cristiana ha sido ya subrayado
por algunas opciones rituales: en los ritos de entrada, por ejemplo,
los esposos deberán ser acogidos por la comunidad reunida en
nombre del Señor; gesto, el de la acogida, que, junto al saludo y a
la monición de quien preside el rito, nos hace percibir en seguida
que lo que se está celebrando es «acontecimiento de la Iglesia» y
no una especie de «iesta privada» a la que solamente se puede
acceder por invitación... Parecerá una paradoja, pero en realidad
debería ser la comunidad cristiana quien invita a la celebración del
matrimonio de sus miembros, y no simplemente los esposos. En
cambio, algunas veces, la comunidad es absolutamente indiferente
a cuanto está acaeciendo en la vida de los novios; estos últimos, a
su vez, viven el matrimonio como una iesta reservada a parientes
y amigos que se celebrará, posiblemente, lejos de las misas de la
comunidad o de los momentos en los que la comunidad cristiana
está normalmente reunida.
En el Ritual italiano, sin embargo, la opción de incluir la memoria
del bautismo inmediatamente después del saludo, tiene el objetivo
de reforzar el fundamento teológico del acto del consentimiento,
elemento constitutivo del sacramento. En virtud del sacerdocio
12
Cf. Rito del matrimonio, Presentazione della CEI, núms. 4, 12-13.
Puntos de vista
71
bautismal, al que se alude justamente a través de la memoria del
bautismo con la aspersión de los novios y de la asamblea, celebrada
si es posible en la fuente bautismal,13 «los esposos participan en
el misterio de la alianza pascual y realizan un acto propiamente
eclesial. El consentimiento de los esposos es la respuesta a una
palabra de amor que, en cuanto proveniente de Dios, lo precede».14
Entre las adaptaciones de los rituales italianos no debe pasar por
alto la inserción de las letanías de los santos, escogidos entre los que
han vivido la experiencia conyugal. Con el canto de las letanías,
toda la asamblea se hace solidaria con los esposos, implorando para
ellos la intercesión de aquellos que han dado testimonio sobre la
tierra de idelidad al amor esponsal. La presencia de las letanías,
sin embargo, evidencia el valor del sacramento del matrimonio
en relación con los restantes estados de vida y reclama la plena
asunción por parte de los esposos de su vocación en el misterio
de la Iglesia.15
3.3. La presencia del Espíritu en el matrimonio cristiano: la bendición
nupcial después del consentimiento y de la «velatio»
Es bien sabido que en la primera editio typica del Ordo celebrandi
Matrimonium no quedó suicientemente expresada la presencia
del Espíritu Santo viviicante y creador. En la segunda edición, en
cambio, la acción del Espíritu también en la unión esponsal entre
un hombre y una mujer emerge y se explicita con mayor propiedad
en los nuevos textos. Pero, conscientes de que la liturgia se expresa
per ritus et preces e per signa sensibilia, la Iglesia italiana ha querido
evidenciar todavía más la nueva sensibilidad pneumatológica
también a través del lenguaje no verbal.
En lo que respecta a lo verbal, la posibilidad (dejada a la discreción del sacerdote según la oportunidad pastoral)16 de colocar la
13 Cf. Rito del matrimonio, núms. 55, 40.
14 Rito del matrimonio, Presentazione della CEI, núms. 5, 13.
15 Cf. A. Lameri, «Rito del matrimonio per la Chiesa italiana», Notiziario.
Quaderno della Segreteria Generale CEI 27 (2007) 35.
16 Cf. Rito del matrimonio, núms. 79, 55.
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Puntos de vista
bendición nupcial después del consentimiento y el intercambio de
los anillos, tiene como propio objetivo revelar la obra del Espíritu
Santo en el sacramento.
La bendición es de hecho acto de reconocimiento al Dios de la
creación y de la alianza, es memoria de la obra de Cristo-esposo, es
invocación coniada del Espíritu, por cuya sola fuerza el misterio se
realiza en el hoy celebrativo. La epíclesis de la plegaria eucarística
obra en plenitud la pertenencia de la nueva pareja al único cuerpo
de Cristo.17
Las modiicadas situaciones antropológicas, culturales y teológicas
han hecho madurar esta opción que es de carácter pastoral y teológico. Además, en referencia a la dimensión pneumatológica, la
bendición de los esposos después del intercambio de los anillos «es
certiicado y garantía de que en la recíproca acogida de los esposos
es Dios que da el uno al otro».18 Esto está claro también en la elección
de una adaptación textual: la traducción del «Ego accipio te…» de
la fórmula del consentimiento, con las palabras «Yo te recibo...»,19
más bien que «Yo te tomo...» de la precedente edición italiana. Junto
a «Con la gracia de Cristo», se consigue mejor transmitir el valor
propio del consentimiento como respuesta a una llamada y a un
don ofrecido por Dios, y no como una toma de posesión.
Por lo que respecta a lo no verbal, sin embargo, el subrayado pneumatológico del acto sacramental se delega en el gesto de la velatio,20
o sea en la posibilidad de extender el llamado «velo esponsal» sobre
17 Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, Presentazione della CEI, núms.
6, 13-14.
18 Barba, «Il Rito del Matrimonio», 983.
19 Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, núms. 71, 50-51.
20 Este gesto es posible en los lugares donde ya existe la costumbre o en
otras partes pero con el permiso del Ordinario (cf. Rito del matrimonio, seconda
edizione tipica, Presentazione della CEI, núms. 7,14. «Tal novedad ritual es un
factor de inculturación que no debe entenderse de manera absoluta respecto
a su aplicación; al tratarse de un elemento de por sí extraño a la situación
italiana, podría incentivar posteriormente la inclinación al despilfarro y a la
espectacularidad, por lo que se reairma su naturaleza estrictamente local»)
(cf. Barba, «Il Rito del Matrimonio», 992).
Puntos de vista
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los novios durante toda la duración de la bendición nupcial.21 Este
gesto era ya mencionado, junto al de la coronación, en la primera
edición del Ritual del matrimonio de 1969, exactamente en el número
17 de los Praenotanda. Se retomará en la segunda edición de 1990,
en el número 41,5 con la precisión de que la velación puede ser
realizada sobre los dos esposos. Invoca la presencia del Espíritu
que, envolviendo a los esposos con su sombra, les da una nueva
comunión de vida. Un gesto, también, en relación con el otro gesto
epiclético de la imposición de las manos sobre el pan y sobre el vino;
gesto que, acompañado de las palabras consecratorias, hace que los
dones que están a la sombra de la invocación del don del Espíritu
se conviertan en un solo cuerpo y se hagan parte de aquel cuerpo
eclesial que es la Iglesia cuya cabeza es Cristo. Ello resulta evidente
cuando el rito se celebra en el interior de la celebración eucarística,
modalidad por ello recomendada en las Introducciones.22
Otro gesto posible, después del intercambio de los anillos, es la
coronación de los esposos. Como sugiere el propio Ritual, este
gesto, si bien no se reiere a un signiicado estrictamente pneumatológico, es signo de la participación de los esposos de la realeza
de Cristo. El sacerdote, en efecto, sosteniendo las «coronas nupciales» doradas, plateadas o coronas de lores sobre la cabeza de los
esposos con los brazos cruzados, dice las siguientes palabras: «N.,
(siervo/sierva de Dios), recibe a N. (sierva/siervo de Dios) como
corona. Señor, Dios nuestro, corónales de gloria y de honor».23 La
coronación se conserva en algunas regiones italianas, como en Sicilia, donde griegos y latinos han convivido durante muchos años.24
Tanto la velación como la coronación son dos gestos tradicionales
del mundo bíblico-judaico y grecorromano que la liturgia cristiana
21 Cf. Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, núms. 84, 60.
22 «El matrimonio se celebrará normalmente dentro de la misa», en Rito
del matrimonio, seconda edizione tipica, Premesse, núms. 29, 28.
23 Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, núms. 78, 55.
24 Cf. P. Sorci, «La velación y la coronación», Rivista Liturgica 91 (2004)
1059; C. Valenziano, «Constanti e varianti in celebrazioni coniugali di culture cristiane», en La celebrazione del matrimonio cristiano, Bolonia: EDB 1977,
299-366.
74
Puntos de vista
ha recibido, privilegiando sin embargo en Occidente la velación y
en Oriente la coronación.25
3.4. La gradación en el camino de fe y en la experiencia de Iglesia
En la experiencia pastoral italiana (y no solo, probablemente...)
se veriica cada vez con más frecuencia el caso de parejas que,
a pesar de no haber madurado una clara orientación cristiana y
sin vivir una plena pertenencia a la Iglesia, expresan el deseo de
celebrar el sacramento siendo bautizados y sin refutar explícitamente la fe. En tales casos se ha optado por acoger cuanto se
sugiere en la editio typica latina de 1990, o sea la posibilidad de
celebrar el matrimonio sine missa.26 Sin embargo, para que el rito
propuesto en tales situaciones no sea percibido como una forma
disminuida y débil, se ha optado por dar al capítulo segundo,
que en la edición típica latina es denominado Ordo celebrandi
Matrimonium sine missa, el título mucho más positivo de «Celebración del matrimonio en la liturgia de la Palabra», valorando la
doble tensión de la memoria bautismal y de la apertura al deseo
de la Eucaristía;27 esta última se alimenta también de los signos
que, aunque en una secuencia ritual más simple, se ha optado
por mantener: la memoria del bautismo, el intercambio de la
paz y la entrega de la Biblia. «Tales elementos rituales intentan
orientar hacia la Eucaristía que permanece siempre como fuente
y cumbre de la celebración de la Palabra, del consentimiento de
los cónyuges y de la bendición de los esposos».28
25 En los antiguos ritos romanos, sin embargo, el rito del matrimonio es
llamado velatio sponsae mientras que en la liturgia bizantina o constantinopolitana «rito de la coronación» (akoluthía tou stephanómatos), cf. Sorci, «La
velazione e l’incoronazione», 1051; P. Sorci, «Il linguaggio non verbale nella
celebrazione del matrimonio», en P. Sorci (ed.), La celebrazione del matrimonio
cristiano. Il nuevo rito nel contesto delle attuali problematiche culturali e sociali,
Trapani: Il Pozzo di Giacobbe 2007, 103-122.
26 OCM 1990, Praenotanda, núms. 29, 33, 6-7.
27 Cf. Maggiani, «La seconda edizione», 959.
28 Rito del matrimonio, seconda edizione tipica, Presentazione della CEI, núm.
7, 14.
Puntos de vista
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3.5. La ministerialidad de los esposos en la celebración
Como bien sabemos, los esposos, al expresar su consentimiento,
son ministros de la gracia de Cristo. Esta ministerialidad se vive
en plenitud participando activamente en la celebración de la
propia unión matrimonial. En la adaptación, no obstante, se han
puesto en evidencia las diversas posibilidades a través de las que
los esposos se implican en primera persona en la acción ritual: la
posibilidad de escoger una fórmula de consentimiento más dinámica (la segunda); el salir de una inmovilidad ritual para dirigirse
procesionalmente a la fuente bautismal, para la veneración del
libro de los Evangelios, para la presentación de las ofrendas, para
la bendición nupcial y la coronación.
4. Conclusión
La edición italiana del Ritual del matrimonio, en la valoración del
lenguaje verbal y no verbal, satisface ciertamente a aquella gran
vocación de la liturgia que es la vocación mistagógica. Opciones
de adaptación que responden a una necesaria inculturación de
un rito sacramental que, aunque siendo siempre y en todas partes
símbolo eicaz del amor de Cristo y de la Iglesia, se expresa a través
de dinámicas y «sintaxis rituales» típicas de una cultura, de un
pueblo, de una comunidad, de hombres y mujeres que consagran
su amor a Dios en la celebración litúrgica.
Pietro Angelo Muroni
Doctor en liturgia.